Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara PERIMIDA la instancia en la querella interpuesta conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos por el abogado JOEL DARÍO ALTUVE PATIÑO, actuando en su propio nombre, contra la República Bolivariana de Venezuela (Ministerio del Poder Popular para las Finanzas - Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).