DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, Este Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano XXXXX, de XX años, titular de la cedula de identidad Nº XX, nacido en fecha XX, residenciado en el Barrio XX, calle XX, casa Nº XX, Maracay Estado Aragua, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito LESIONES GRAVISIMAS previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana LENNIS GALINDEZ, y lo sanciona a cumplir la sanción de imponiéndose la sanción de LIBERTAD ASISTIDA por DOS (02) AÑOS, e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de DOS (02) AÑOS y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (06) MESES, todos para ser cumplid.....