Por las razones expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de garantizar una efectiva administración de justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA HOMOLOGADO el desistimiento del presente Amparo Tributario realizado por el Abogado Alberto Blanco-Uribe Quintero INPREABOGADO N° 20.554, en su carácter de Apoderado Judicial de la Contribuyente INMOBILIARIA 96, C.A.