Por las razones que fueron expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Declarar Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana LIGIA ASUNCION GALAVIZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 2.847.168, debidamente asistida por el ciudadano Abogado LAWRENCE KARLOS CALDERON PAREDES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.633, contra el Instituto Corporativo de la Vivienda del Estado Aragua (INVIVAR), por órgano de la Gobernación del Estado Aragua, y en consecuencia resuelve:
SEGUNDO: Ordenar al ente querellado (Gobernación del estado Aragua) reincorporar nominalmente, a la ciudadana LIGIA ASUNCION GALAVIZ DE PEREZ, titular de la cédula de identidad número 2.847.168, al cargo de Asistente en Servicio Social, a fin de otorgarle el lapso de disponibilid.....