DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 28 de abril de 2008, por el abogado Gerardo Roye, Defensor Público Trigésimo Sexto (S) con competencia en fase de Ejecución de esta Circunscripción Judicial, en su condición de defensor del ciudadano Raúl Eduardo Ponce, quien recurrió conforme lo dispuesto en el artículo 447.5 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión del 11 de abril de 2008, dictada por el Juzgado Quinto de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual consideró: “…(omissis)… que la decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de la Magistrado Dra. Carmen Zuleta de Merchán, No es vinculante para todos los casos, es po.....