PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación intentada por la parte demandada ciudadano JORGE TOMAS MOLINA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, de fecha 03 de octubre de 2006, que declaró CON LUGAR la demanda que por acción de DESALOJO intentare en su contra el ciudadano JOSE SULTAN BENHAMON.
SEGUNDO: CONFIRMA, la sentencia de fecha 03 de octubre de 2006, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
TERCERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSE SULTAN BENHAMON, contra el ciudadano JORGE TOMAS MOLINA, por acción de Desalojo.
CUARTO: Se condena a la demandada a hhacer entrega a la parte actora, del inmueble constituido por un apartamento, distinguido con el No. 158, ubicado en el piso 15, Torre "B", del Conjunto Residencial Doral Plaza.....