Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente acción. En consecuencia, PRIMERO: Se declara la partición de los bienes pertenecientes a la comunidad Hereditaria correspondientes a los herederos ab- intestato los ciudadanos YANNIRA DEL VALLE GONZALEZ BRITO, DOUGLAS ENRIQUE BRITO, SANDRA CAROLINA BRITO Y ANA CECILIA BRITO.