este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional; declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentando en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de esta sede judicial en fecha 06 de Agoto de 2013, por el Ciudadano: DENNYS IBRAHIN PETROCCELLI CAMPERO, titular de la Cédula de Identidad Número V.-22.289.314 debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS PETROCCELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 190.682 y; por la Entidad de Trabajo ANDI FRENOS DEL ESTE ARAGUA, C.A.,