Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JESUS HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-6.439.081, en su carácter de parte actora, debidamente representado por el abogado HERMANN VASQUEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 35.213, contra la sentencia dictada en fecha 14 de abril de 2016, por el Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado con diferente motiva. TERCERO: No habiendo condenatoria en costas.