Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES incoara BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil BIOMEDQUIM C.A., y los ciudadanos LUIS ALFONSO VEGA URBINA y ADECZA M. LAMEDA SANCHEZ, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: La extinción de la obligación de conformidad con lo establecido en el artículo 1283 del Código Civil