Vistas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEXTO (6°) SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 25 de abril de 2023, por el ciudadano NICOMEDES DOLORES MARÍN, en su carácter de parte actora, asistido por el abogado PEDRO CAMARGO, contra la sentencia de fecha 21 de abril de 2023, dictada por el Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, que declaró CON LUGAR el reclamo de la experticia complementaria del fallo que guarda relación con la presente causa, todo lo cual guarda relación en la demanda incoada por el ciudadano NICOMEDES DOLORES MARÍN contra la entidad de trabajo COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., partes plenamente identificada en los autos, por enfermedad ocupaciona.....