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DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, PRIMERO: SE ANULA la decisión dictada en fecha 16 de junio de 2015 por el Tribunal Cuadragésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad a lo establecido en los artículos 157, 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE REPONE la causa penal al estado de que un Juez distinto al que dicto la decisión hoy anulada, conozca las presentes actuaciones y resuelva en forma motivada, los planteamientos efectuados. TERCERO: En vista de la Nulidad Absoluta decidida por esta Alzada, es inoficioso pasar a resolver sobre los demás puntos referidos por la Defensa en su esc.....