SEGUNDO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA fuera incoada por los ciudadanos : CRUZ ALBERTO BERNAL y LUZ MIGDALIA SAYAGO FERRER contra los ciudadanos, ARMANDO ABRAHAM PADRÓN OJEDA y MARÍA MAGDALENA MOYEGAS DE PADRÓN, todos identificados anteriormente.
No hay condenatoria en costas para la parte demandada, por no haber resultado totalmente vencida en el proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los 0cho (08) días del mes de Octubre de dos mil siete (2007). A.....