Vista la diligencia cursante al folio 48 de la segunda pieza del expediente, de fecha 15 de octubre de 2009, contentiva de la manifestación de voluntad por parte del apoderado judicial del actor JORGE JULIO NASRA PEREZ, abogado MARIA EUGENIA MARIN ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 69.827, mediante la cual DESISTE de la demanda en contra de la empresa DISTRIBUIDORA MELUCHA, C.A., por una parte, y por la otra, el consentimiento otorgado por el abogado JESUS H. VILORIA NOGUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.825, en su carácter de apoderado judicial de la referida empresa, y en virtud de que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la presente controversia, tal como consta al folio siete (07) y su vuelto y a los folios ciento diecisiete (117) al ciento dieciocho (118) de la primera pieza del expediente, este tribunal en consecuencia, procede a impartir la correspondiente homologación al desistimiento hecho por el actor y al.....