Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO.- SE ADMITE la prueba de inspección judicial solicitada por el abogado CARLOS BACHRICH NAGY en su carácter de co-apoderado de la parte demandada, incluyendo el particular tercero. SEGUNDO.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio ALFREDO FERNÁNDEZ CARPIO en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto proferido en este juicio el 29 de abril del 2010 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia se MODIFICA la decisión proferida el 29 de abril del 2010 por el prementado Juzgado de Primera Instancia.
No hay especial condenatoria en las costas del recurso, dada la naturaleza de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese cop.....