DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil DESARROLLOS HOTELCO, C.A., contra la Providencia Administrativa Dictada por la Inspectoría del Trabajo del Este del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 05 de noviembre de 2012, en el expediente N° 0027-2012-01-04479, con motivo al procedimiento de reenganche y pagos de salarios caídos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, a los (08) días del mes de octubre de dos mil catorce (2014). Año 204º de la Indepen.....