Por todos los razonamientos antes expuestos; este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por VICTOR RAÙL RON, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA, bajo el Nº 127.628, apoderado judicial del ciudadano GUSTAVO COLMENARES ALDANA, parte actora. SEGUNDO: Se ordena remitir el presente asunto al Juzgado (11º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que sin mas dilaciones cumpla con lo ordenado en la sentencia dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo y proceda a dictar el dispositivo oral del fallo. ASI SE DECIDE.