Se impone al Joven IDENTIDAD OCULTA, anteriormente identificado en autos, de la decisión que se desprende de la sentencia por admisión de hechos cursante a los folios Nº 70 al 77 ambos inclusive del presente expediente, la cual fuera dictada por el Juzgado Octavo de Control de este mism Circuito Judicial, en fecha 14-08-06, por la comision del delito de LESIONES LEVES, sancionado en el artículo 418 del Código Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, y se sancionó a cumplir con la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de SEIS (06) MESES, contados a partir de la presente fecha 11/08/2.006 culminando la misma si la cumpliese a cabalidad en fecha 11/05/2.007, dejandose constancia que se le explico al joven que el objeto de esta audiencia, es conocer lo que significa la fase de Ejecución, así como las partes que actuan en la misma, siendo la Fiscal d.....