En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCION en la demanda de DIVORCIO ORDINARIO, incoada por la ciudadana EMMA GARCIA DE PERDOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.173.890, contra el ciudadano JOSE AGUSTIN QUINTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.891.123.-