En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal acuerda y DECRETA: Primero: La retención sobre el 50% de las prestaciones sociales que pudieren corresponder al ciudadano OSWAL ALEXANDER TEJADO, titular de la cédula de Identidad N°: V-13.520.387 en caso de retiro o renuncia de donde labora, quien deberá remitirlo en cheque a nombre del Tribunal; para lo cual se ordena oficiar a la Empresa Agro Industriales, Calle El Parque, Galpón 24-A, Zona Industrial, La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua.- Segundo: Se ordena la retención de la quinta parte (1/5) de las utilidades o aguinaldos de fin de año, a las que se haga acreedor el ciudadano mencionado, a los fines de cubrir los gastos navideños, los cuales deben ser entregados al hacer efectivo su pago, a la ciudadana DALIA DEL CARMEN RAMOS ZURITA, titular de la cédula de Identidad N° V- 13.700.665, actuando en nombre y re.....