Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recuso de Hecho interpuesto por la abogado MAURO RUIZ, contra el auto de fecha 16 de octubre de 2013 dictado por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, mediante el cual negó la apelación ejercida por el abogado antes mencionado, en contra de la decisión de fecha 10 de octubre de 2013 dictada por el referido Tribunal. SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo proceda, a oír en ambos efectos la apelación ejercida en contra de la decisión de fecha 10 de octubre de 2013. TERCERO: Se revoca el auto recurrido.