Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR el presente Recurso de Abstención y Carencia interpuesta por la ciudadana por la abogada NARKIS CHIARELLI, plenamente identificada en autos, actuando en su carácter de apoderada Judicial de la Empresa CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C. A (CONFURCA), contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS.
Se Ordena a la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas pronunciarse sobre las diligencias realizadas por la parte recurrente en los expedientes que reposar en ese Órgano, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, para lo cual se le concede un lapso de cinco (5) días hábiles siguientes a que conste en autos la no.....