Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Jurisprudencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia número 693 de fecha 02 de Junio del 2015, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, interpuesta por los ciudadanos. Presentados los recaudos en fecha 27 de Octubre del 2021 por los ciudadanos CESAR AUGUSTO PEÑALVER ORTEGA y BELKYS JOSEFINA FERMENAL DE PEÑALVER Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos V-11.182.562 y V-11.036.836 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada MIGDALIA YENIRE COLMENARES AGRIZONES inscrita en el Inpreabogado bajo el.....