D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulado por la ciudadana INGRID JOSEFINA PIÑA VILLEGAS, identificada con la cedula de identidad nro. V-12.338.094, contra el ANDRES CELESTINO CAMPOS BARRIOS, identificado con la cedula de identidad Nro. V-8.835.034, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintitrés (23) de diciembre del año 1999, según acta insertada ante el Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, según evidencia del acta de Matrimonio N° 191, Tomo I, folio 24 al 25 y su vto, Año 1999, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia N° 1070, de fec.....