D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: BILEISI NOEMÍ LÓPEZ PÉREZ y JAIME JOSÉ RAMOS RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nos V.- 25.443.852 y V.- 21.426.369 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: 15 de junio de 2.012, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 132, Folio:132, del año 2.012, llevados por ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, en los términos expuestos en la presente solicitud, de conformidad con lo dispuesto en la Sentencia N° 1710, dictada por la Sala Constitucional en sentencia de .....