Mediante auto este tribunal ejecutó la sentencia definitivamente firme dictada en dictada en fecha 24 de Noviembre de 2006, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, que condenó al ciudadano: RAMON ALEXIS MENESES CALZADILLA, plenamente identificado ut supra; a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Venezolano, derogado pero vigente para la fecha de comisión del hecho punible en perjuicio en perjuicio de CRUZ ANTONIO MENESES, mas las penas accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal .