DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes mencionados en los particulares anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: Se repone la causa al estado de realizar el primer acto conciliatorio del procedimiento al quinto (5to) día de despacho que conste en autos la ultima notificación que de las partes.
Publíquese, regístrese, déjese copia y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los 9 de Enero de 2014 Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZA
MILAGROS ANTONIETA ZAPATA
LA SECRETARIA
GREIBYS GARCÍA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, en esta mi.....