III
DISPOSITIVA
En mérito a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍA incoaran los ciudadanos ELVIA ITURBE DE MAURI, TATIANA MAURI DE SALAZAR, THAMARA MAURI ITURBE, TANYA MAURI ITURBE, LUIS MAURI ITURBE y JOHN LUIS MAURI GARRACHAN en contra de los ciudadanos JOSÉ ENRIQUE SALAZAR BUROZ, JOSÉ SALAZAR MENESES, JOSEFINA BUROZ DE SALAZAR y PAUL SALAZAR BUROZ, todos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: SE DECLARA la confesión ficta de la parte demandada, conforme a lo dispuesto en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia:
1.- Disue.....