El Tribunal para pronunciarse observa:
CAPITULO I (DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES)
La prueba documental promovida por la contribuyente, identificada en el escrito de promoción de pruebas y consignada en el mismo, tal como se especifican a continuación:
"De Conformidad con lo previsto en el artículo 296 del decreto constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario (en lo sucesivo el "COT-2020") en concordancia con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, los siguientes documentos administrativos, asimilables en su valor probatorio a los documentos privados reconocidos o tenidos legalmente por reconocidos, de acuerdo a la jurisprudencia de la sala político-Administrativo (SPA) y la Sala de Casación Civil (SCC) del Tribunal Supremo de Justicia; que fueron consignados con nuestro escrito recursivo y corren insertas en el expediente; y de las cuales emanan los elementos probatorios que acreditan las afirmaciones de hecho contenidas en d.....