´Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por la ciudadana: BEATRIZ MIRELLA GARCIA DE ANDARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.226.803, actuando en su nombre y en representación de su cónyuge ciudadano JUAN ANTONIO ANDARA NIETO, titular de la cédula de identidad Nro 3.282.827, según consta en instrumento poder otorgado ante la Notaría Pública Segunda de Maracay, de fecha 29 de abril de 2019, asentado bajo el Nro 04, tomo 44, folios 17 al 21, del libro de autenticaciones asistida por la abogado Laura Rodríguez, Inpreabogado Nº 127.741, contra el ciudadano RAFAEL ANTONIO AGUILAR GUTIERREZ, ve.....