DISPOSITIVA:
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control nro. 2 del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
1.- Se Admite en su totalidad la Acusación presentada por la Fiscal Undécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en contra del acusado: ELVIS ALIRIO VIERA, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad nro. 7.981.920, de 42 años de edad, nacido el 20-02-66 en Barquisimeto, Estado Lara, de oficio Agricultor, hijo de Antonio Hernández y Alcira Viera, domiciliado en el Caserío Maraca, Dos Caminos vía Boro-Santa Teresa, Municipio Moran del Estado Lara, Casa s/n a 3 metros queda la Iglesia Evangélica Luz del Mundo, Telf. 04125040960 (hermana), por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTU.....