DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional.
SEGUNDO: INADMISIBLE LA ACCIÓN PROPUESTA
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. En Maturín a los Nueve (09) día del mes de Febrero del Año Dos Mil Nueve (2.009). Año 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez,
Abg. Luis Enrique Simonpietri
La Secretaria,
Abg. Mary Cáceres Ynfante.
En esta misma fecha siendo las O1:00 P.m., se registró y publicó la anterior sentencia. Conste.- La Secretaria.