VII. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el abogado José Gregorio Araujo, venezolano, mayor de edad, inpreabogado N° 36.451, actuando en representación de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CARGUA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 21 de abril de 1977, bajo el N° 01, tomo 4-B, en contra de las vías de hechos denunciadas y las actuaciones judiciales contenidas en los autos de fecha 16 de noviembre de 2009 y 19 de noviembre de 2009, dictada por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL .....