Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR las apelación ejercida por la parte actora contra de la decisión dictada en fecha 07 de diciembre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano EDWIN ANTONIO UZTARIZ GOTTO, titular de la cedula de identidad No.13.954.487, contra la FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA EN EL ESTADO ARAGUA (FUNDACITE ARAGUA). TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.