D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento formulado por la sociedad mercantil ALFONZO RIVAS &CIA, C.A., ya identificada, contra el acto administrativo contenido acción de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto administrativo de certificación Nº CMO-0666-12, de fecha 08 de junio de 2012, dictado por la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA (GERESAT-ARAGUA), mediante el cual se certificó que la ciudadana JGSC, titular de la cédula de identidad N° V-XX, padece de una enfermedad agravada con ocasión al trabajo, que le ocasiona discapacidad parcial permanente para el trabajo.