En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:CON LUGAR la apelación contra la sentencia proferida por el Tribunal Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 12 de agosto de 2022, que homologa la transacción celebrada entre la parte actora y los terceros ya identificados, la cual se REVOCA.- Así se establece.
SEGUNDO: Se DECRETA la necesaria y útil reposición de la incidencia cautelar, al estado en que se encontraba para el 5 de octubre de 2022, debiendo abrirse el lapso para interponer el recurso correspondiente contra la sentencia que resuelve la oposición a la medida cautelar.- Así se establece.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada l.....