DECISIÓN
Por las razones aquí expuestas este JUZGADO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda por ACCIDENTE DE TRABAJO incoada por la ciudadana INOCENCIA DE DIOS RODRIGUEZ CONTRERAS, plenamente identificado en autos, en contra la Demandada principal DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS DAMAR, S.R.L., también plenamente identificada en autos. Así se Decide.- SEGUNDO: Sin Lugar la demanda contra la empresa QUALAVEN C.A. plenamente identificada en autos. TERCERO: Se ordena a la empresa demandada DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS DAMAR, S.R.L., antes mencionada pagarle a la trabajadora, por concepto de Indemnización, por Discapacidad parcial y permanente producto al accidente de trabajo la cantidad de DOCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. F. 12.892,50), por LUCRO CE.....