DECISIÓN
Atendiendo a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero Agrario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Resuelta la regulación de competencia solicitada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 30 de abril de 2007.
SEGUNDO: COMPETENTE al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, para conocer y decidir la presente Querella Interdictal por Despojo, interpuesta por los abogados EFRAIN SIMÓN ARVELAIZ y JOSÉ ANTONIO SILVA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 41.963 y 5.839 respectivamente, actuando como apoderados judiciales de los ciudadanos FELIX RAMÓN UVIEDO OLIVARES, GERARDO RAMÓN UVIEDO OLIVARES, JOSÉ DOLORES UVIEDO OLIVARES, AL.....