D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos YETICZA COROMOTO BOLIVAR MARQUEZ y YOLY RAFAEL FLORES COLMENARES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-10.358.640 y V-12.609.726 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintiuno (21) de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 025, folios 071 y 072, del año 1994.
Publíquese, regístrese y.....