Primero: Declara su competencia para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo constitucional (cautelar), presentado por el abogado Hermenegirdo Ramón González Pulido, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil “Inversiones Que Rico Pollo a la Broaster, C.A.”, supra identificados, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 664-07 de fecha 23 de agosto de 2007, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador (Sede Norte).
Segundo: Admite el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, quedando a salvo la posibilidad de revisar si, sobrevenidamente, se configura alguno de los motivos de inadmisibilidad, por efectos de la remisión y revisión de los antecedentes administrativos del caso.
Tercero: Declara improcedente el amparo cautelar solicitado, ello con fundamento en las razones expuestas en la motiva de la pres.....