CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado VICTOR RODRIGUEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha diez (10) de marzo de dos mil diez (2010), por el Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: Se modifica el fallo recurrido, únicamente en lo que respecta a la inclusión de los intereses moratorios en la parte dispositiva lo cual se corresponde a la cantidad DE SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN BOLÍVAR CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. F. 747.331,65), por consiguiente, el total ordenado a pagar conforme a la decisión recurrida da un total de un MILLÓN CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. F. 1.482.994,79)