Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Luís Eduardo Rodríguez Rodríguez contra el Banco Industrial de Venezuela C.A., ambas partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que se ordena a esta última a reenganchar a dicho demandante a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su despido ilegal, es decir al cargo de Jefe de Sección de Litigios Externos de la Consultoría Jurídica del Banco Industrial de Venezuela C.A., y cancelarle los salarios caídos sobre la base del salario básico mensual de Tres mil setecientos treinta y seis bolívares con sesenta y cuatro céntimos (Bsf. 3.736,64), desde la.....