Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUÍS RAMÓN SALAZAR FLORES en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada GLORIA VIRGINIA RADA ROMERO DE LEHRMANN y GUILLERMO LERHMANN ROJAS, contra el auto proferido en este juicio el 2 de junio del 2011 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, se confirma dicha providencia.
Se condena en las costas del recurso, a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y.....