Con fuerza de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos LETICIA MERCEDES CURVELO, ANGELO JOSE SATALINO CURVELO y PAOLO FRANCISCO SATALINO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.297.739, V-26.791.035 y V-19.516.349, respectivamente y NANCY VIVIANA SATALINO OSUNA, argentina, mayor de edad, identificada con el pasaporte N° AAG931749