Por todas razones y motivaciones aquí expresados este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas JOSEFINA DEL ROSARIO CHACON DE SANCHEZ en su nombre e HIDIA MARIA SILVA QUERO, venezolanas, mayores este domicilio, en representación de su menor hijo OSCAR ALFONZO SANCHEZ SILVA, contra las Sociedades Mercantiles PRODUCTOS CAYOGUA CENTRO, C.A., DISTRIBUIDORA CAYOGUA, C.A., INDUSTRIAS DAKOTA CHEMICAL, C.A. Todas las partes plenamente identificados en los autos, por ACCIDENTE DE TRABAJO. SEGUNDO: Se ordena a la demandada PRODUCTOS CAYOGUA CENTRO, C.A., DISTRIBUIDORA CAYOGUA, C.A., INDUSTRIAS DAKOTA CHEMICAL, C.A. a pagarle a las demandantes la cantidad de TRESCIENTOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE BO.....