DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia, y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION interpuesto por los Abogados ALEXIS GUSTAVO ARELLANO y NEYDA GONZALEZ, en su carácter de defensores privados de los ciudadanos JESÚS ANTOLIN PAREDES CLEMENTE, RUBÉN DARIO PEDRA RAMÍREZ y MARCOS ENRIQUE CHACIN MONTES, contra la decisión dictada en audiencia preliminar celebrada en fecha 19-03-07, por el Juzgado Décimo de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en la Causa N° 10C-7318-07 (Nomenclatura de ese Tribunal), en la cual admitió la Acusación Fiscal presentada por el Abg. ROBERTO ACOSTA GARRIDO en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público del estado Aragua, contra de los referidos imputados, todo conformidad a lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal del estado .....