De una revisión minuciosa al presente Asunto Penal este Tribunal verifica que no se han librado las boletas de notificación a las víctimas en el presente Asunto Penal a los fines de la dictar el auto de certificación de la sentencia condenatoria que fue dictada la dispositiva en fecha 12 de agosto del año 2015 y publicada en su extenso en fecha 19 de agosto del año 2015, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.