Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
PARTES: ROSMERY DEL VALLE REQUENA HERNANDEZ y NESTOR DANIEL AVILA NAGUA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-14.578.195 y V-13.235.936, respectivamente, asistidos por el (la) abogado (a) GENESIS G. MEDINA R., IPSA N° 313.924. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, en fecha 14 de Noviembre de 2002, según acta No. 315, folio 229, tomo 2-B, año 2002, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el ejecútese definitivo.....