Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
PARTES: YUNEL INÉS VARGAS DE ACOSTA Y FILADELFO ANTONIO ACOSTA HEREDIA, venezolana e extranjero, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-24.172.771 y E-84.572.430, respectivamente, asistidos por el (la) abogado (a) GENESIS G. MEDINA R., IPSA N° 313.924. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en fecha 15 de mayo del 2009, según acta No. 176, Tomo A, año 2009, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el ejecútese definitivo de la pres.....