declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos incoara el ciudadano CRUZ RAFAEL CHARACO ABAD en contra de la empresa "INVERSIONES Y TRANSPORTE CRISTANCHO C.A.", ambas partes identificadas en autos; en consecuencia se condena a la demandada a cancelar al demandante: Antigüedad Bs. 997,05; Vacaciones Fraccionadas Bs. 332,35; Bono Vacacional Bs. 155,09; Utilidades Bs. 1.994,10, lo cual alcanzan a un total de Bs. 3.478,59, más el pago de los intereses generados por las prestaciones acumuladas y no pagadas, los cuales se condenan a cancelar, para lo cual se ordena experticia complementaria del fallo realizable por un experto contable, el cual deberá tomar a consideración las tasas activas de interés mensuales emitidas por el Banco Central de Venezuela de conformidad a lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. Así se decide.